/ lunes 15 de abril de 2019

30 de abril, fecha límite para Declaración Anual

Leonardo Méndez Cervantes señaló que todas las personas físicas están obligadas a presentar su Declaración Anual

Karina Torres

Tijuana.- Este próximo 30 de abril, vence el plazo para todas las Personas Físicas que vayan a presentar su declaración anual. Esta obligación fiscal aplica para contribuyentes que hayan obtenido ingresos por conceptos como honorarios profesionales, actividad empresarial, que fungen como arrendadores; el ser accionista de una persona moral y, en general, cualquier ingreso como persona física.

Leonardo Méndez Cervantes, presidente del Colegio de Contadores Públicos de Baja California (CCPBC) señaló que todas las personas físicas están obligadas a presentar su Declaración Anual, es decir, personas que percibieron sueldos durante el año.

“La particularidad de la obligación es que para los asalariados da algunas facilidades. Si tuviste ingresos de un solo patrón y ese patrón cumplió con sus obligaciones periódicas de retención, no estarían obligados a presentar una declaración”, indicó.

Si la persona física obtiene ingresos de dos diferentes patrones, tiene la obligación de presentar la declaración, por lo que es importante autoverificarse o consultar con un profesional y evitar sanciones, ya que de no cumplir con esta obligación fiscal, la persona física puede ser requerido por la autoridad y ser acreedor a sanciones que oscilan en los 2 mil pesos, más una segunda sanción que contempla el 50% de los ingresos obtenidos.

Karina Torres

Tijuana.- Este próximo 30 de abril, vence el plazo para todas las Personas Físicas que vayan a presentar su declaración anual. Esta obligación fiscal aplica para contribuyentes que hayan obtenido ingresos por conceptos como honorarios profesionales, actividad empresarial, que fungen como arrendadores; el ser accionista de una persona moral y, en general, cualquier ingreso como persona física.

Leonardo Méndez Cervantes, presidente del Colegio de Contadores Públicos de Baja California (CCPBC) señaló que todas las personas físicas están obligadas a presentar su Declaración Anual, es decir, personas que percibieron sueldos durante el año.

“La particularidad de la obligación es que para los asalariados da algunas facilidades. Si tuviste ingresos de un solo patrón y ese patrón cumplió con sus obligaciones periódicas de retención, no estarían obligados a presentar una declaración”, indicó.

Si la persona física obtiene ingresos de dos diferentes patrones, tiene la obligación de presentar la declaración, por lo que es importante autoverificarse o consultar con un profesional y evitar sanciones, ya que de no cumplir con esta obligación fiscal, la persona física puede ser requerido por la autoridad y ser acreedor a sanciones que oscilan en los 2 mil pesos, más una segunda sanción que contempla el 50% de los ingresos obtenidos.

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