/ viernes 3 de abril de 2020

Aprueban celebrar sesiones virtuales a través de herramientas tecnologías

Durante el periodo que dure la emergencia sanitaria derivada de la pandemia COVID-19

Mexicali. –El Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC) autorizó la celebración de sesiones virtuales o a distancia del Consejo General y de los demás órganos colegiados, a través de herramientas tecnológicas durante el periodo que dure la emergencia sanitaria derivada de la pandemia COVID-19.

Durante la Tercera Sesión Extraordinaria del Consejo General realizada este viernes 3 de abril, se recordó que el pasado 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud declaró pandemia el brote de Coronavirus COVID-19 en el mundo, por la cantidad de casos de contagio y de países involucrados.

Por tal motivo, el 17 de marzo de 2020, el Departamento de Administración emitió el oficio identificado con la clave IEEBC/DA/340/2020, por el que se difundieron medidas preventivas frente al virus COVID-19, así como el plan interno de prevención de salud e higiene, y el 19 de marzo de 2020, el Consejo General publicó el Punto de Acuerdo IEEBC-CG-PA05-2020, donde se establecieron medidas que garantizaran el adecuado funcionamiento en la prestación de los servicios esenciales y preventivas para la protección de las y los servidores públicos del Instituto Electoral, así como a las personas que acudieran a sus instalaciones.

El 31 de marzo de 2020, la Secretaría de Salud del Gobierno de México emitió el acuerdo mediante el cual estableció medidas extraordinarias para atender la emergencia sanitaria, en la que, entre otras, se ordenó la suspensión inmediata del 30 de marzo al 30 de abril de 2020, de las actividades no esenciales, con la finalidad de mitigar la dispersión y transmisión del virus.

Por ello, el Consejo General, a través del presente Punto de Acuerdo, busca brindar en su operación un marco de actuación sobre la validez de las sesiones, llevadas a cabo de manera virtual o a distancia, con el uso de herramientas tecnológicas, durante el periodo de duración de la multicitada emergencia sanitaria a fin de dar cauce institucional adecuado a los requerimientos normativos y operativos que tiene a su cargo el Instituto Electoral en el contexto de la situación extraordinaria que actualmente se presenta.

Es importante destacar que la celebración de sesiones del Consejo General y de los demás órganos colegiados del Instituto Electoral, se apegarán a lo establecido en los respectivos ordenamientos reglamentarios, por lo que en modo alguno el desahogo de las mismas en dicha modalidad implica obviar las formalidades que rigen a las sesiones presenciales, como son, entre otras, las reglas de emisión de convocatorias en la temporalidad que exige la norma reglamentaria, orden del día y envío de la documentación atinente, quórum legal, participación de las y los integrantes de los órganos conforme a sus atribuciones, duración, publicidad y orden de las sesiones, votación, publicación y notificación de acuerdos y resoluciones, y elaboración de actas.

El presente Punto de Acuerdo entró en vigor al momento de su aprobación por el Consejo General y perderá su vigencia una vez que las autoridades del sector salud competentes decreten que la emergencia sanitaria ha concluido.

Mexicali. –El Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC) autorizó la celebración de sesiones virtuales o a distancia del Consejo General y de los demás órganos colegiados, a través de herramientas tecnológicas durante el periodo que dure la emergencia sanitaria derivada de la pandemia COVID-19.

Durante la Tercera Sesión Extraordinaria del Consejo General realizada este viernes 3 de abril, se recordó que el pasado 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud declaró pandemia el brote de Coronavirus COVID-19 en el mundo, por la cantidad de casos de contagio y de países involucrados.

Por tal motivo, el 17 de marzo de 2020, el Departamento de Administración emitió el oficio identificado con la clave IEEBC/DA/340/2020, por el que se difundieron medidas preventivas frente al virus COVID-19, así como el plan interno de prevención de salud e higiene, y el 19 de marzo de 2020, el Consejo General publicó el Punto de Acuerdo IEEBC-CG-PA05-2020, donde se establecieron medidas que garantizaran el adecuado funcionamiento en la prestación de los servicios esenciales y preventivas para la protección de las y los servidores públicos del Instituto Electoral, así como a las personas que acudieran a sus instalaciones.

El 31 de marzo de 2020, la Secretaría de Salud del Gobierno de México emitió el acuerdo mediante el cual estableció medidas extraordinarias para atender la emergencia sanitaria, en la que, entre otras, se ordenó la suspensión inmediata del 30 de marzo al 30 de abril de 2020, de las actividades no esenciales, con la finalidad de mitigar la dispersión y transmisión del virus.

Por ello, el Consejo General, a través del presente Punto de Acuerdo, busca brindar en su operación un marco de actuación sobre la validez de las sesiones, llevadas a cabo de manera virtual o a distancia, con el uso de herramientas tecnológicas, durante el periodo de duración de la multicitada emergencia sanitaria a fin de dar cauce institucional adecuado a los requerimientos normativos y operativos que tiene a su cargo el Instituto Electoral en el contexto de la situación extraordinaria que actualmente se presenta.

Es importante destacar que la celebración de sesiones del Consejo General y de los demás órganos colegiados del Instituto Electoral, se apegarán a lo establecido en los respectivos ordenamientos reglamentarios, por lo que en modo alguno el desahogo de las mismas en dicha modalidad implica obviar las formalidades que rigen a las sesiones presenciales, como son, entre otras, las reglas de emisión de convocatorias en la temporalidad que exige la norma reglamentaria, orden del día y envío de la documentación atinente, quórum legal, participación de las y los integrantes de los órganos conforme a sus atribuciones, duración, publicidad y orden de las sesiones, votación, publicación y notificación de acuerdos y resoluciones, y elaboración de actas.

El presente Punto de Acuerdo entró en vigor al momento de su aprobación por el Consejo General y perderá su vigencia una vez que las autoridades del sector salud competentes decreten que la emergencia sanitaria ha concluido.

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