/ miércoles 25 de marzo de 2020

Decretan suspender obligaciones de pagos en arrendamiento de vivienda y negocios en Baja California

Será durante abril y mayo, debido a la pandemia ocasionada por el Covid-19.

Mexicali.- La XXIII Legislatura de Baja California, encabezada por la bancada de Morena, aprobó una reforma en un transitorio del artículo 1986 del Código Civil, para establecer la suspensión de pagos en arrendamiento de vivienda y negocios, así como en préstamos dados por casas de empeño, durante abril y mayo del presente año.

Ello, debido a la pandemia causada por el Coronavirus o Covid-19 y el caso fortuito que representa, reconocida por las autoridades sanitarias federales y estatales.

Durante este par de meses, no se considerará mora o incumplimiento, la ausencia de pago de rentas para locales comerciales y vivienda, así como los préstamos dados por las casas de empeño, dónde la garantía prendaria no podrá ser adjudicada ni sacada a remate por retraso de pago durante ese lapso.

Esta suspensión no libera a las personas de, en su momento, realizar el pago correspondiente, pero deberá de distribuirse equitativamente en meses hacia adelante.

Los jueces del Poder Judicial de Baja California deberán observar estas disposiciones y fomentarán al máximo, en su caso, la solución de conflictos de manera directa o apoyados por los centros de Justicia Alternativa.

Esta reforma entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial del Estado de Baja California.

“Hoy más que nunca”, apuntaron los diputados, “debemos de ser solidarios con los bajacalifornianos que más necesitan, sobre todo ante esta pandemia mundial sin precedentes”.

La iniciativa fue presentada en la máxima tribuna por el diputado Juan Manuel Molina García, misma que fue respaldada por todas las fracciones parlamentarias y los diputados independientes que conforman la Vigésima Tercera Legislatura del Estado.

Mexicali.- La XXIII Legislatura de Baja California, encabezada por la bancada de Morena, aprobó una reforma en un transitorio del artículo 1986 del Código Civil, para establecer la suspensión de pagos en arrendamiento de vivienda y negocios, así como en préstamos dados por casas de empeño, durante abril y mayo del presente año.

Ello, debido a la pandemia causada por el Coronavirus o Covid-19 y el caso fortuito que representa, reconocida por las autoridades sanitarias federales y estatales.

Durante este par de meses, no se considerará mora o incumplimiento, la ausencia de pago de rentas para locales comerciales y vivienda, así como los préstamos dados por las casas de empeño, dónde la garantía prendaria no podrá ser adjudicada ni sacada a remate por retraso de pago durante ese lapso.

Esta suspensión no libera a las personas de, en su momento, realizar el pago correspondiente, pero deberá de distribuirse equitativamente en meses hacia adelante.

Los jueces del Poder Judicial de Baja California deberán observar estas disposiciones y fomentarán al máximo, en su caso, la solución de conflictos de manera directa o apoyados por los centros de Justicia Alternativa.

Esta reforma entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial del Estado de Baja California.

“Hoy más que nunca”, apuntaron los diputados, “debemos de ser solidarios con los bajacalifornianos que más necesitan, sobre todo ante esta pandemia mundial sin precedentes”.

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