/ miércoles 17 de abril de 2019

Emite CEDHBC recomendación a la SIDUE

La SIDUE por causas de utilidad pública tomó posesión de una fracción de un predio perteneciente a un hombre de la tercera edad

Ensenada.- La Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Baja California (CEDHBC), emitió la Recomendación 4/2019 dirigida a la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano del Estado (Sidue) por el caso de violaciones a los derechos humanos de legalidad, seguridad jurídica, propiedad, posesión, violencia institucional y trato digno, en agravio de una persona de 94 años que vive con discapacidad motriz en Ensenada.

De acuerdo a los hechos, el 8 de mayo de 2017 compareció ante la CEDHBC el adulto mayor, quien manifestó que derivado del acuerdo de expropiación emitido por el entonces Gobernador de Baja California el 7 de noviembre de 1988, publicado en el periódico oficial el 30 de noviembre del mismo año, la Sahope hoy denominada SIDUE, por causas de utilidad pública tomó posesión de una fracción de su predio, a fin de realizar la construcción del acueducto Valle de Guadalupe-Ensenada como parte integral del proyecto Morelos.

Derivado de lo anterior la víctima sufrió una afectación en su predio equivalente a 4 mil 809.60 metros cuadrados, tocante del kilómetro 25+169.82 al kilómetro 25+480.09, con clave catastral 1, lo cual el 12 de abril de 2017 fue del conocimiento del Director Jurídico y Delegado en Ensenada adscritos a SIDUE, quienes hasta la fecha de la presente recomendación omitieron realizar la debida integración del expediente técnico del asunto, a efecto de informar a la Secretaría de Planeación y Finanzas del Estado (SPFE) el monto indemnizatorio que se le debe cubrir a la víctima.

La CEDHBC señala en el documento publicado este miércoles que, de las imprevisiones de los servidores públicos señalados como responsables se prorrogó la disgregación de la clave catastral del predio propiedad de la víctima, siendo hasta el 4 de julio de 2018 cuando se formalizó la inscripción de la fracción expropiada ante la Dirección del Registro Público de la Propiedad y de Comercio a favor de Gobierno del Estado, motivo por el cual el adulto mayor se vio obligado a cubrir hasta esa fecha el pago por concepto de impuesto predial del bien expropiado.

De lo anterior se advierte que el personal adscrito a Sahope (ahora SIDUE) en el año 1988 omitió apegar su actuar al principio de legalidad que mandata que cualquier acto de autoridad debe efectuarse en estricto respeto y protección de los derechos humanos, sin embargo trascurrieron más de 30 años de dilación, lo que constituye un incumplimiento grave en el desempeño de sus atribuciones ya que el tiempo transcurrido ha impuesto cargas adicionales innecesarias a la víctima.

Ensenada.- La Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Baja California (CEDHBC), emitió la Recomendación 4/2019 dirigida a la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano del Estado (Sidue) por el caso de violaciones a los derechos humanos de legalidad, seguridad jurídica, propiedad, posesión, violencia institucional y trato digno, en agravio de una persona de 94 años que vive con discapacidad motriz en Ensenada.

De acuerdo a los hechos, el 8 de mayo de 2017 compareció ante la CEDHBC el adulto mayor, quien manifestó que derivado del acuerdo de expropiación emitido por el entonces Gobernador de Baja California el 7 de noviembre de 1988, publicado en el periódico oficial el 30 de noviembre del mismo año, la Sahope hoy denominada SIDUE, por causas de utilidad pública tomó posesión de una fracción de su predio, a fin de realizar la construcción del acueducto Valle de Guadalupe-Ensenada como parte integral del proyecto Morelos.

Derivado de lo anterior la víctima sufrió una afectación en su predio equivalente a 4 mil 809.60 metros cuadrados, tocante del kilómetro 25+169.82 al kilómetro 25+480.09, con clave catastral 1, lo cual el 12 de abril de 2017 fue del conocimiento del Director Jurídico y Delegado en Ensenada adscritos a SIDUE, quienes hasta la fecha de la presente recomendación omitieron realizar la debida integración del expediente técnico del asunto, a efecto de informar a la Secretaría de Planeación y Finanzas del Estado (SPFE) el monto indemnizatorio que se le debe cubrir a la víctima.

La CEDHBC señala en el documento publicado este miércoles que, de las imprevisiones de los servidores públicos señalados como responsables se prorrogó la disgregación de la clave catastral del predio propiedad de la víctima, siendo hasta el 4 de julio de 2018 cuando se formalizó la inscripción de la fracción expropiada ante la Dirección del Registro Público de la Propiedad y de Comercio a favor de Gobierno del Estado, motivo por el cual el adulto mayor se vio obligado a cubrir hasta esa fecha el pago por concepto de impuesto predial del bien expropiado.

De lo anterior se advierte que el personal adscrito a Sahope (ahora SIDUE) en el año 1988 omitió apegar su actuar al principio de legalidad que mandata que cualquier acto de autoridad debe efectuarse en estricto respeto y protección de los derechos humanos, sin embargo trascurrieron más de 30 años de dilación, lo que constituye un incumplimiento grave en el desempeño de sus atribuciones ya que el tiempo transcurrido ha impuesto cargas adicionales innecesarias a la víctima.

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