/ sábado 28 de noviembre de 2020

La policía no puede detener a migrantes

Solo el Instituto Nacional de Migración tiene la facultad de solicitar documentación a extranjeros

Tijuana.- El juicio 1597 es un amparo que protege el derecho de todas las personas en Tijuana a conocer que la Policía Municipal no tiene facultades en materia migratoria, pues esa tarea le compete al Instituto Nacional de Migración, que es la única institución facultada para pedir documentación a extranjeros.

Tras el arribo de la Caravana Migrante en noviembre de 2018, la asociación civil Alma Migrante, se ha dado a la tarea de visibilizar ante la ciudadanía la ilegalidad que representa las aprehensiones de migrantes por parte de agentes municipales, práctica que un sector de la sociedad veía como algo normal.

El Sol de Tijuana charló con la dirigente de la organización, Graciela Zamudio Campos, quien aclaró el alcance de las resoluciones en contra de la Policía Municipal.

¿De este juicio de amparo cuándo se dio la resolución o el fallo?

Tenemos tres resoluciones, dos son definitivas, eso significa una resolución que el juez le da a las autoridades y que son vigentes hasta que no se acabe el juicio completamente. Una fue del 14 de diciembre de 2018 y que está dirigida a todas las autoridades municipales, otra es del 21 de diciembre de 2018 y esa está dirigida al Instituto Nacional de Migración y hay una tercera resolución de fondo, que realmente resuelve el juicio en cuanto al tema que se está planteando ante el juez y esa fue del 4 de junio de 2019. En esa resolución ganamos el juicio contra las autoridades municipales, en contra de esta práctica que es ilegal y contra los actos que las autoridades brindaron información correcta a la población respecto a la legalidad de la práctica, cuando en realidad es ilegal.


¿Ustedes como Alma Migrante, han entablado conversaciones con el ayuntamiento de Tijuana después de estas resoluciones?

Todas las autoridades responsables se entienden notificadas de las resoluciones desde el momento en que se la notifican en su tiempo. Desde que el alcalde Gastélum recibió esta resolución, hizo un nuevo pronunciamiento público en el sentido de quejarse de que el juez ordenara a la Policía Municipal que dejara de hacer su trabajo, cuando en realidad estaba ordenándole que no le diera funciones que no tiene.

Pese a la pandemia, continúan el retorno de migrantes. Foto: Ramón Hurtado | El Sol de Tijuana

Terminó la administración de ese alcalde y estuvimos haciendo solicitudes de citas durante varios meses sin ningún éxito, hasta que en septiembre pasado nos pudo recibir y cuando le explicamos el contenido de la resolución y porque es importante darle cumplimiento, además de decirle que está obligado a cumplirla. Se mostró interesado en apoyar y colaborativo, pero fue cuando pidió licencia y ahora estamos listos para retomar esas labores, pero hasta la fecha las resoluciones siguen en estado de incumplimiento.

¿Se sigue dando la detención de migrantes por parte de policías municipales?

Es importante aclarar que no es una suspensión en contra de la detención de migrantes, porque una persona que comete un delito y una infracción administrativa, debe de ser detenida y llevada a las autoridades competentes, no importa si es migrante o si es mexicano. El problema es que si además de llevarte ante la Estancia Municipal de Infractores o bien ante el Ministerio Público, también te llevan a migración para deportarte, entonces hablamos de una doble sanción que las autoridades municipales en conjunto con el Instituto Nacional de Migración, están imponiéndole a las personas, por el solo hecho de ser migrantes extranjeros. No es una suspensión contra las detenciones, siempre y cuando cumplan con los requisitos de ley.

La Comisión Estatal de los Derechos Humanos ha emitido dos recomendaciones generales en donde se da cuenta de la cantidad de casos, en donde se detiene a las personas por motivos de su aspecto, haciendo un perfil racial o bien un perfil sobre su estado económico.

Mucha gente reacciona por sorpresa porque no sabía que era ilegal esas detenciones y cuando las personas se dan cuenta, cambia su conciencia. Creemos que Tijuana es una población en donde se defiende la ley y la gente quiere defenderla.

¿A qué tipo de sanción se arriesga el ayuntamiento de Tijuana por el desacato de esta orden judicial?

El artículo 262 de la Ley de amparo prevé un delito al desacato de las resoluciones jurisdiccionales, siempre y cuando sean firmes. La suspensión fue acatada por el entonces alcalde Gastélum y el Tribunal Superior al juzgado que la dictó que se debía confirmar la resolución. Esto significa que se trata de una resolución firme y por lo tanto se le debe respetar, de otra forma se está incurriendo en la comisión de ese delito.


Aquí nos quejamos del mal actuar de la policía de Estados Unidos contra nuestros migrantes y luego las corporaciones de este lado imitan esas mismas acciones.

Considero que su impacto más grande de esta resolución es de carácter antropológico y social. Vivimos en una zona fronteriza, donde las políticas migratorias siempre son binacionales, porque somos los primeros que recibimos las nuevas decisiones en materia migratoria, cuando estas vienen o se emulan de las que ocurren en Estados Unidos. Somos una región que conoce muy bien que se hace en materia migratoria del otro lado de la frontera y somos fuertes críticos de esas prácticas que son violatorias de derechos humanos de los migrantes del otro lado de la frontera.

Sin embargo, aquí la policía está haciendo exactamente lo mismo, hasta parecería que es un espejeo de lo que sucede allá.

Tijuana.- El juicio 1597 es un amparo que protege el derecho de todas las personas en Tijuana a conocer que la Policía Municipal no tiene facultades en materia migratoria, pues esa tarea le compete al Instituto Nacional de Migración, que es la única institución facultada para pedir documentación a extranjeros.

Tras el arribo de la Caravana Migrante en noviembre de 2018, la asociación civil Alma Migrante, se ha dado a la tarea de visibilizar ante la ciudadanía la ilegalidad que representa las aprehensiones de migrantes por parte de agentes municipales, práctica que un sector de la sociedad veía como algo normal.

El Sol de Tijuana charló con la dirigente de la organización, Graciela Zamudio Campos, quien aclaró el alcance de las resoluciones en contra de la Policía Municipal.

¿De este juicio de amparo cuándo se dio la resolución o el fallo?

Tenemos tres resoluciones, dos son definitivas, eso significa una resolución que el juez le da a las autoridades y que son vigentes hasta que no se acabe el juicio completamente. Una fue del 14 de diciembre de 2018 y que está dirigida a todas las autoridades municipales, otra es del 21 de diciembre de 2018 y esa está dirigida al Instituto Nacional de Migración y hay una tercera resolución de fondo, que realmente resuelve el juicio en cuanto al tema que se está planteando ante el juez y esa fue del 4 de junio de 2019. En esa resolución ganamos el juicio contra las autoridades municipales, en contra de esta práctica que es ilegal y contra los actos que las autoridades brindaron información correcta a la población respecto a la legalidad de la práctica, cuando en realidad es ilegal.


¿Ustedes como Alma Migrante, han entablado conversaciones con el ayuntamiento de Tijuana después de estas resoluciones?

Todas las autoridades responsables se entienden notificadas de las resoluciones desde el momento en que se la notifican en su tiempo. Desde que el alcalde Gastélum recibió esta resolución, hizo un nuevo pronunciamiento público en el sentido de quejarse de que el juez ordenara a la Policía Municipal que dejara de hacer su trabajo, cuando en realidad estaba ordenándole que no le diera funciones que no tiene.

Pese a la pandemia, continúan el retorno de migrantes. Foto: Ramón Hurtado | El Sol de Tijuana

Terminó la administración de ese alcalde y estuvimos haciendo solicitudes de citas durante varios meses sin ningún éxito, hasta que en septiembre pasado nos pudo recibir y cuando le explicamos el contenido de la resolución y porque es importante darle cumplimiento, además de decirle que está obligado a cumplirla. Se mostró interesado en apoyar y colaborativo, pero fue cuando pidió licencia y ahora estamos listos para retomar esas labores, pero hasta la fecha las resoluciones siguen en estado de incumplimiento.

¿Se sigue dando la detención de migrantes por parte de policías municipales?

Es importante aclarar que no es una suspensión en contra de la detención de migrantes, porque una persona que comete un delito y una infracción administrativa, debe de ser detenida y llevada a las autoridades competentes, no importa si es migrante o si es mexicano. El problema es que si además de llevarte ante la Estancia Municipal de Infractores o bien ante el Ministerio Público, también te llevan a migración para deportarte, entonces hablamos de una doble sanción que las autoridades municipales en conjunto con el Instituto Nacional de Migración, están imponiéndole a las personas, por el solo hecho de ser migrantes extranjeros. No es una suspensión contra las detenciones, siempre y cuando cumplan con los requisitos de ley.

La Comisión Estatal de los Derechos Humanos ha emitido dos recomendaciones generales en donde se da cuenta de la cantidad de casos, en donde se detiene a las personas por motivos de su aspecto, haciendo un perfil racial o bien un perfil sobre su estado económico.

Mucha gente reacciona por sorpresa porque no sabía que era ilegal esas detenciones y cuando las personas se dan cuenta, cambia su conciencia. Creemos que Tijuana es una población en donde se defiende la ley y la gente quiere defenderla.

¿A qué tipo de sanción se arriesga el ayuntamiento de Tijuana por el desacato de esta orden judicial?

El artículo 262 de la Ley de amparo prevé un delito al desacato de las resoluciones jurisdiccionales, siempre y cuando sean firmes. La suspensión fue acatada por el entonces alcalde Gastélum y el Tribunal Superior al juzgado que la dictó que se debía confirmar la resolución. Esto significa que se trata de una resolución firme y por lo tanto se le debe respetar, de otra forma se está incurriendo en la comisión de ese delito.


Aquí nos quejamos del mal actuar de la policía de Estados Unidos contra nuestros migrantes y luego las corporaciones de este lado imitan esas mismas acciones.

Considero que su impacto más grande de esta resolución es de carácter antropológico y social. Vivimos en una zona fronteriza, donde las políticas migratorias siempre son binacionales, porque somos los primeros que recibimos las nuevas decisiones en materia migratoria, cuando estas vienen o se emulan de las que ocurren en Estados Unidos. Somos una región que conoce muy bien que se hace en materia migratoria del otro lado de la frontera y somos fuertes críticos de esas prácticas que son violatorias de derechos humanos de los migrantes del otro lado de la frontera.

Sin embargo, aquí la policía está haciendo exactamente lo mismo, hasta parecería que es un espejeo de lo que sucede allá.

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