/ martes 10 de julio de 2018

Solicitan modificar Código Penal federal

En meses recientes, los cinco alcaldes del estado y el ejecutivo estatal exigieron al Congreso de la Unión que se incluya en el Código Federal de Procedimientos Penales la portación de armas como delito grave

Juan Miguel Hernández


Tijuana.- Los próximos legisladores federales tendrán como tarea prioritaria modificar el Código Penal federal, y con ello lograr que la portación de armas exclusivas del ejército contemple prisión preventiva, expuso el presidente del Colegio de Abogados de Tijuana, Rafael Cruz Manjarrez.

El especialista recordó que, en el derecho tradicional, el código penal federal estipulaba que el delito de posesión de armas exclusivas del ejército tenía una sanción privativa de libertad que iba de seis a quince años.

“Dentro de las reformas al código nacional penal, quitaron esa sanción de la pena privativa de la libertad para la posesión de armas. Con el principio de inocencia, recurren a hacerlo valer, por lo que esos sujetos gozan de esa inoperativiad de las instituciones”, comentó.

Cruz Manjarrez señaló que, con la modificación al Código Penal federal por parte de los legisladores federales, la ciudadanía estaría blindada, ya que los delincuentes serían recluidos de manera preventiva por el simple hecho de estar usando o empleando armamento exclusivo del ejército.

“El sistema de justicia penal es bondadoso, sí es operante; desafortunadamente, aquí no se trata del nuevo sistema; lo que se trata es de los operadores, es decir, las autoridades que tienen esa obligación de brindar la seguridad pública integren las carpetas de investigación para que la impartición de justicia sea pronta y expedita”, concluyó.

Juan Miguel Hernández


Tijuana.- Los próximos legisladores federales tendrán como tarea prioritaria modificar el Código Penal federal, y con ello lograr que la portación de armas exclusivas del ejército contemple prisión preventiva, expuso el presidente del Colegio de Abogados de Tijuana, Rafael Cruz Manjarrez.

El especialista recordó que, en el derecho tradicional, el código penal federal estipulaba que el delito de posesión de armas exclusivas del ejército tenía una sanción privativa de libertad que iba de seis a quince años.

“Dentro de las reformas al código nacional penal, quitaron esa sanción de la pena privativa de la libertad para la posesión de armas. Con el principio de inocencia, recurren a hacerlo valer, por lo que esos sujetos gozan de esa inoperativiad de las instituciones”, comentó.

Cruz Manjarrez señaló que, con la modificación al Código Penal federal por parte de los legisladores federales, la ciudadanía estaría blindada, ya que los delincuentes serían recluidos de manera preventiva por el simple hecho de estar usando o empleando armamento exclusivo del ejército.

“El sistema de justicia penal es bondadoso, sí es operante; desafortunadamente, aquí no se trata del nuevo sistema; lo que se trata es de los operadores, es decir, las autoridades que tienen esa obligación de brindar la seguridad pública integren las carpetas de investigación para que la impartición de justicia sea pronta y expedita”, concluyó.

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