/ domingo 30 de mayo de 2021

¿Te toca el reparto de utilidades?

Las fechas límite del pago son el 30 de mayo para personas morales y el 30 de julio para personas físicas, dijo el contador Pablo César Castañeda

Tijuana.- Pablo César Castañeda Romero, socio de impuestos de la firma Caza Consultores y director de la Comisión de Práctica Fiscal del Colegio de Contadores, habló con El Sol de Tijuana sobre el reparto de utilidades, con el objetivo de que los trabajadores conozcan a cuánto y quiénes tienen derecho a esta prestación.


¿Qué es el reparto de utilidades?

- Es un derecho que tienen los trabajadores, el cual nace en nuestra Constitución en el artículo 123 apartado A, que de forma muy general es un porcentaje de las utilidades que tienen las empresas, y poniendo un poco de historia, fue en 1917 cuando el reparto de utilidades se incluye formalmente en nuestra constitución.

¿A cuánto equivale ese porcentaje que le corresponde al trabajador y cuánto tiempo debió haber trabajado?

Es el 10% y fue determinado por la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las utilidades.

Si son trabajadores de planta no importa los días que hubiesen trabajado, si son eventuales debieron por lo menos haber laborado 60 días en el ejercicio.

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¿A partir de qué fecha y hasta cuándo el empleado puede recibir esta prestación?

Se paga dentro de los 60 días posteriores a la fecha en que el patrón deba pagar el impuesto anual, y el empleado tiene un año para reclamar la PTU y el monto no reclamado se sumara a la PTU del siguiente ejercicio.

Las fechas límite de pago de PTU quedan de la siguiente manera, en el caso de las personas morales (sociedades) el límite es el día 30 de mayo, para las personas físicas la fecha límite será el 29 de junio de 2021, sin embargo, de acuerdo a las facilidades administrativas, se amplió el plazo para presentar la declaración anual al 31 de mayo, por lo que se prorrogará el pago de PTU hasta el 30 de julio de 2021.

Las multas a las empresas son de 22 mil 405 a 448 mil 100 pesos. Foto: Ramón Hurtado | El Sol de Tijuana

¿Qué sucede con los trabajadores que están contratados bajo el esquema de outsourcing?

Para la PTU que se reparte ahorita en 2021 no sucede nada, ya que es la PTU del ejercicio 2020 (que se paga en 2021) y por lo tanto estaba vigente la ley anterior, para la PTU de 2021 que se pagará en 2022 si aplicarán las modificaciones publicadas el pasado abril.


¿Cómo saber si la empresa obtuvo utilidades y está obligado a pagarle al trabajador?

Los trabajadores tienen derecho a recibir una copia de la declaración anual de su patrón dentro de 10 días a partir de la fecha de presentación de la misma, cuando los trabajadores reciben esta declaración, tanto el sindicato como la mayoría de los trabajadores tendrán derecho a realizar observaciones ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, siempre que no sea más allá de los 30 días.


Con la pandemia algunas empresas pueden argumentar la crisis económica ¿Es justificación para no pagar utilidades?

Si en el ejercicio 2020 tienen utilidades (y se ve en la anual respectiva) no tendrían una justificación para no pagar la PTU, ya que la base del cálculo son las utilidades (con su mecánica de determinación específica que viene en la Ley del Impuesto Sobre la Renta), existen varios supuesto en los que no estarían obligados al pago de la PTU, como sería si es su primer año de funcionamiento, si sus ingresos fueron menores a 300 mil pesos según su declaración anual, y obviamente si obtuvieron pérdidas en el ejercicio.

¿A qué sanciones se atienen las empresas si no cumplen con el pago de utilidades?

A una multa de 250 a 5000 UMAS, que tomando la UMA para 2021 de 89.62 sería un equivalente de 22 mil 405 a 448 mil 100 pesos.

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¿En qué instancias se puede quejar un empleado si no recibe el pago que le corresponde?

Si se les entrega la anual del ejercicio respectivo y sus anexos y se tienen observaciones, estas se hacen a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público dentro de los 30 días posteriores a recibir la anual. Si no reciben el pago de la PTU, pueden acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo y recibir orientación.


Aunque dejó la empresa ¿aún puede cobrar las utilidades?

Sí, independientemente de que la persona ya no se encuentre laborando en la empresa tiene derecho a recibir su reparto de utilidades correspondiente al tiempo que estuvo en el ejercicio trabajando.

Piden al trabajador denunciar cualquier anomalía. Foto: Ramón Hurtado | El Sol de Tijuana

¿Algo que le gustaría agregar?

Para concluir, recordar que el reparto que se realiza ahorita en 2021 corresponde a utilidades generadas en 2020 y por lo tanto no le afectan las modificaciones publicadas en abril de este año, la que se pagará en 2022 a esa si le aplican las modificaciones que realmente no será muy diferente porque el cambio fue una limitante, la única diferencia es que se le pone un límite a la PTU, no se le dará al empleado más de tres meses de salario o el promedio de PTU recibida en los últimos tres ejercicios, sino lo que sea mejor para el empleado, ejemplo, si mes a mes gana 10 mil pesos, entonces su límite por meses de salario son 30 mil pesos, y suponiendo que ese empleado en promedio de PTU en los últimos tres ejercicios ganó cinco mil pesos, y su PTU a recibir en esta ocasión dan siete mil, entonces el límite que a él le beneficia es el primero, porque eso le va a permitir recibir todas las utilidades que le corresponden, simplemente se cuenta con un tope, pero el cálculo se mantiene exactamente igual.

Tijuana.- Pablo César Castañeda Romero, socio de impuestos de la firma Caza Consultores y director de la Comisión de Práctica Fiscal del Colegio de Contadores, habló con El Sol de Tijuana sobre el reparto de utilidades, con el objetivo de que los trabajadores conozcan a cuánto y quiénes tienen derecho a esta prestación.


¿Qué es el reparto de utilidades?

- Es un derecho que tienen los trabajadores, el cual nace en nuestra Constitución en el artículo 123 apartado A, que de forma muy general es un porcentaje de las utilidades que tienen las empresas, y poniendo un poco de historia, fue en 1917 cuando el reparto de utilidades se incluye formalmente en nuestra constitución.

¿A cuánto equivale ese porcentaje que le corresponde al trabajador y cuánto tiempo debió haber trabajado?

Es el 10% y fue determinado por la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las utilidades.

Si son trabajadores de planta no importa los días que hubiesen trabajado, si son eventuales debieron por lo menos haber laborado 60 días en el ejercicio.

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¿A partir de qué fecha y hasta cuándo el empleado puede recibir esta prestación?

Se paga dentro de los 60 días posteriores a la fecha en que el patrón deba pagar el impuesto anual, y el empleado tiene un año para reclamar la PTU y el monto no reclamado se sumara a la PTU del siguiente ejercicio.

Las fechas límite de pago de PTU quedan de la siguiente manera, en el caso de las personas morales (sociedades) el límite es el día 30 de mayo, para las personas físicas la fecha límite será el 29 de junio de 2021, sin embargo, de acuerdo a las facilidades administrativas, se amplió el plazo para presentar la declaración anual al 31 de mayo, por lo que se prorrogará el pago de PTU hasta el 30 de julio de 2021.

Las multas a las empresas son de 22 mil 405 a 448 mil 100 pesos. Foto: Ramón Hurtado | El Sol de Tijuana

¿Qué sucede con los trabajadores que están contratados bajo el esquema de outsourcing?

Para la PTU que se reparte ahorita en 2021 no sucede nada, ya que es la PTU del ejercicio 2020 (que se paga en 2021) y por lo tanto estaba vigente la ley anterior, para la PTU de 2021 que se pagará en 2022 si aplicarán las modificaciones publicadas el pasado abril.


¿Cómo saber si la empresa obtuvo utilidades y está obligado a pagarle al trabajador?

Los trabajadores tienen derecho a recibir una copia de la declaración anual de su patrón dentro de 10 días a partir de la fecha de presentación de la misma, cuando los trabajadores reciben esta declaración, tanto el sindicato como la mayoría de los trabajadores tendrán derecho a realizar observaciones ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, siempre que no sea más allá de los 30 días.


Con la pandemia algunas empresas pueden argumentar la crisis económica ¿Es justificación para no pagar utilidades?

Si en el ejercicio 2020 tienen utilidades (y se ve en la anual respectiva) no tendrían una justificación para no pagar la PTU, ya que la base del cálculo son las utilidades (con su mecánica de determinación específica que viene en la Ley del Impuesto Sobre la Renta), existen varios supuesto en los que no estarían obligados al pago de la PTU, como sería si es su primer año de funcionamiento, si sus ingresos fueron menores a 300 mil pesos según su declaración anual, y obviamente si obtuvieron pérdidas en el ejercicio.

¿A qué sanciones se atienen las empresas si no cumplen con el pago de utilidades?

A una multa de 250 a 5000 UMAS, que tomando la UMA para 2021 de 89.62 sería un equivalente de 22 mil 405 a 448 mil 100 pesos.

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¿En qué instancias se puede quejar un empleado si no recibe el pago que le corresponde?

Si se les entrega la anual del ejercicio respectivo y sus anexos y se tienen observaciones, estas se hacen a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público dentro de los 30 días posteriores a recibir la anual. Si no reciben el pago de la PTU, pueden acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo y recibir orientación.


Aunque dejó la empresa ¿aún puede cobrar las utilidades?

Sí, independientemente de que la persona ya no se encuentre laborando en la empresa tiene derecho a recibir su reparto de utilidades correspondiente al tiempo que estuvo en el ejercicio trabajando.

Piden al trabajador denunciar cualquier anomalía. Foto: Ramón Hurtado | El Sol de Tijuana

¿Algo que le gustaría agregar?

Para concluir, recordar que el reparto que se realiza ahorita en 2021 corresponde a utilidades generadas en 2020 y por lo tanto no le afectan las modificaciones publicadas en abril de este año, la que se pagará en 2022 a esa si le aplican las modificaciones que realmente no será muy diferente porque el cambio fue una limitante, la única diferencia es que se le pone un límite a la PTU, no se le dará al empleado más de tres meses de salario o el promedio de PTU recibida en los últimos tres ejercicios, sino lo que sea mejor para el empleado, ejemplo, si mes a mes gana 10 mil pesos, entonces su límite por meses de salario son 30 mil pesos, y suponiendo que ese empleado en promedio de PTU en los últimos tres ejercicios ganó cinco mil pesos, y su PTU a recibir en esta ocasión dan siete mil, entonces el límite que a él le beneficia es el primero, porque eso le va a permitir recibir todas las utilidades que le corresponden, simplemente se cuenta con un tope, pero el cálculo se mantiene exactamente igual.

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