/ viernes 11 de septiembre de 2020

Tribunal conmina al cabildo de Tijuana para que no obstruyan el desempeño de la sindicatura

Se ordena al Cabildo y a las Comisiones de Regidores de Tijuana antes referidas, que en lo sucesivo de abstengan de emitir actos que obstruyan o limiten el desempeño de las funciones de la Sindicatura Procuradora

Tijuana.- En la sesión plenaria virtual celebrada el día de ayer el Tribunal de Justicia Electoral de Baja California, determino lo siguiente:


  • MODIFICAR el acuerdo de Cabildo del 20 de abril del año en curso, por el que se suspendieron plazos y términos en los procedimientos de responsabilidades administrativas, con lo que se permite la citación de exfuncionarios municipales y actuales servidores públicos para que respondan ante el Órgano de Control Interno y en su caso sean sancionados.


  • REVOCAR el OFICIO de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal de Regidores de Tijuana, y MODIFICAR el punto de acuerdo del 7 de mayo del año en curso, por las omisiones en que incurrieron sobre la solicitud de modificación presupuestal de la Sindicatura Procuradora para adquirir vehículos de motor para el desempeño de las labores de la Dirección de Asuntos Internos;


  • REVOCAR el punto de acuerdo de la Comisión de Régimen Interno de Regidores de Tijuana, por el que se niegan los movimientos de plazas de confianza de la Sindicatura Procuradora así como la contratación de personal.


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Se ordena al Cabildo y a las Comisiones de Regidores de Tijuana antes referidas, que en lo sucesivo de abstengan de emitir actos que obstruyan o limiten el desempeño de las funciones de la Sindicatura Procuradora.

Se ordena remitir copia certificada del expediente al Instituto Estatal Electoral de Baja California, para que se inicie un Procedimiento Especial Sancionador en contra de las autoridades responsables antes señaladas.

Si bien es cierto que los Magistrados del Tribunal de Justicia Electoral de Baja California determinaron que en el recurso de inconformidad presentado por la Síndica Procuradora María del Carmen Espinoza Ochoa, no se acreditaron elementos de violencia política en razón de género, resulta también cierto que el Pleno del Tribunal Electoral consideró que el Cabildo de Tijuana y las Comisiones de Hacienda y Patrimonio Municipal, así como la de Régimen Interno, integrada por Regidores de Tijuana, SI vulneraron y afectaron el ejercicio del cargo público dando un trato diferenciado a la titular del Órgano de Control Interno de Tijuana.

Dicha resolución hace justicia a favor de la Sindicatura, para que pueda ejercer sus funciones de llamar a funcionarios y ex funcionarios públicos, que tengan una cita con la justicia administrativa, así mismo el contratar al personal que considere mejor para el ejercicio de las funciones propias de la dependencia y la adquisición de bienes inmuebles de acuerdo a las necesidades del desempeño del Órgano de Control.

Tijuana.- En la sesión plenaria virtual celebrada el día de ayer el Tribunal de Justicia Electoral de Baja California, determino lo siguiente:


  • MODIFICAR el acuerdo de Cabildo del 20 de abril del año en curso, por el que se suspendieron plazos y términos en los procedimientos de responsabilidades administrativas, con lo que se permite la citación de exfuncionarios municipales y actuales servidores públicos para que respondan ante el Órgano de Control Interno y en su caso sean sancionados.


  • REVOCAR el OFICIO de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal de Regidores de Tijuana, y MODIFICAR el punto de acuerdo del 7 de mayo del año en curso, por las omisiones en que incurrieron sobre la solicitud de modificación presupuestal de la Sindicatura Procuradora para adquirir vehículos de motor para el desempeño de las labores de la Dirección de Asuntos Internos;


  • REVOCAR el punto de acuerdo de la Comisión de Régimen Interno de Regidores de Tijuana, por el que se niegan los movimientos de plazas de confianza de la Sindicatura Procuradora así como la contratación de personal.


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Se ordena al Cabildo y a las Comisiones de Regidores de Tijuana antes referidas, que en lo sucesivo de abstengan de emitir actos que obstruyan o limiten el desempeño de las funciones de la Sindicatura Procuradora.

Se ordena remitir copia certificada del expediente al Instituto Estatal Electoral de Baja California, para que se inicie un Procedimiento Especial Sancionador en contra de las autoridades responsables antes señaladas.

Si bien es cierto que los Magistrados del Tribunal de Justicia Electoral de Baja California determinaron que en el recurso de inconformidad presentado por la Síndica Procuradora María del Carmen Espinoza Ochoa, no se acreditaron elementos de violencia política en razón de género, resulta también cierto que el Pleno del Tribunal Electoral consideró que el Cabildo de Tijuana y las Comisiones de Hacienda y Patrimonio Municipal, así como la de Régimen Interno, integrada por Regidores de Tijuana, SI vulneraron y afectaron el ejercicio del cargo público dando un trato diferenciado a la titular del Órgano de Control Interno de Tijuana.

Dicha resolución hace justicia a favor de la Sindicatura, para que pueda ejercer sus funciones de llamar a funcionarios y ex funcionarios públicos, que tengan una cita con la justicia administrativa, así mismo el contratar al personal que considere mejor para el ejercicio de las funciones propias de la dependencia y la adquisición de bienes inmuebles de acuerdo a las necesidades del desempeño del Órgano de Control.

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