/ miércoles 4 de marzo de 2020

Vehículos chocolate, sin certeza jurídica

El SAT puede detenerlos, embargarlos e imponer las sanciones aunque esté registrado en el censo estatal

Tijuana.- Luego de la aprobación para el censo de autos chocolate, a través del Instituto de Identidad Vehicular y Combate a la Contaminación de Baja California, las críticas al gobierno local no han parado toda vez que no hay certeza jurídica para los propietarios de los vehículos, según señala el doctor en derecho fiscal Adolfo Solís Farías.

“Esto significa que el Sistema de Administración Tributaria (SAT) puede detenerlos, puede embargarlos y puede imponer la sanciones, lo cual significa que no hay ninguna posibilidad de que un contribuyente con ese registro pueda liberar su vehículo y por lo tanto lo perderían y se van a hacer acreedores a sanciones”.

En la exposición de motivos del dictamen aprobado, se especifica que el censo, “representa… únicamente una medida de identificación vehicular para el estado de Baja California, para lo cual es importante resaltar que el documento que expida y otorgue ese instituto no representaría un instrumento oficial con el que se acredite la legal estancia de la unidad vehicular de procedencia extranjera en el estado, tal como lo refiere el propio artículo 146 de la Ley Aduanera en el que señala que los documentos para tal fin son: a) pedimento, b) nota de venta expedida por la autoridad fiscal federal y c) comprobante fiscal digital”.

Al respecto Solís Farías refiere que en términos de garantía no tiene una funcionalidad para los ciudadanos. “Sería casi como si dieran el engomado los de Anapromex, nada más que te lo da el gobierno”.

Adolfo Solís Farías, doctor en derecho fiscal | Archivo

Explicó que como un tema social de identificación la propuesta es buena, pero en términos de garantía jurídica no le va a servir a la población de nada. La Ley entraría en vigor 120 días después de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

Se cobrarán mil pesos, anuales, por carro para otorgarles un engomado que certifique que fueron censados. De acuerdo con datos de la secretaría de hacienda del estado, hay más de 800 mil autos chocolate.


Según nos explica Adolfo Solís, todo lo relativo a la entrada y salida de mercancías, la imposición de gravámenes de cualquier tipo de bien que se importe o exporte, mercancía o vehículo que pase de tránsito por el territorio nacional, es facultad privativa de la Federación.

El artículo 131 de la Constitución Federal establece que es la propia federación la que cuenta con esa competencia, por tanto el Estado está invadiendo un espectro competencial

Insistió en que el estado de Baja California no puede regular ni establecer ningún tipo de permiso, autorizaciones o licencias y aunque se realice el censo, eso no implica que estén regulares en el país.

Me preocupa que se dé una expectativa a la población, que no le va a servir de nada

Detalló que el artículo 146 de la Ley Aduanera dice que la legal estancia y tenencia de las mercancías se debe acreditar en todo tiempo con la documentación en la aduana correspondiente.

Foto: José Luis Camarillo | El Sol de Tijuana

“El 150 de la ley aduanera establece el procedimiento para levantar un precio un procedimiento cuenta administrativo en materia aduanera y el 151 te da las infracciones. Finalmente el 176 y el 178 te dicen cuál es la sanción por la tenencia de un vehículo de procedencia extranjera.

El experto explica que la consecuencia de todos estos artículos es en primer lugar la pérdida del vehículo, el embargo del mismo y agrega que ni pagando toda la multa que determine la autoridad se va a recuperar, porque la Ley Aduanera establece en el artículo 183 A, “que esa mercancía pasa a ser propiedad del fisco federal, por lo tanto pierdes la mercancía; la segunda situación es que imponen multas y sanciones casi 1.3 veces más sobre el costo del vehículo, esto no es exacto pero en mi experiencia es más o menos eso”.

Un posible escenario es que muchos usuarios, si cayeran en un filtro del SAT, digan “bueno pues quédense con el vehículo y ya no pago nada, sin embargo como ya tiene la multa y es cobrable, el fisco puede ir a embargar en tu domicilio tus bienes u otros carros y propiedades, porque tienes una multa. Una cosa es el embargo del vehículo, y otra es el embargo por la multa”.

Finalmente apuntó que quienes ingresen a ese padrón, se enfrentarían a otro asunto.

“Si la Federación, de acuerdo al convenio de colaboración administrativa, pide la información de todas las personas que tengan esos vehículos (censados) como van tener tu dirección y nombre, puede mandar un procedimiento a todos, es una bomba de tiempo para el ciudadano”, advirtió.

Tijuana.- Luego de la aprobación para el censo de autos chocolate, a través del Instituto de Identidad Vehicular y Combate a la Contaminación de Baja California, las críticas al gobierno local no han parado toda vez que no hay certeza jurídica para los propietarios de los vehículos, según señala el doctor en derecho fiscal Adolfo Solís Farías.

“Esto significa que el Sistema de Administración Tributaria (SAT) puede detenerlos, puede embargarlos y puede imponer la sanciones, lo cual significa que no hay ninguna posibilidad de que un contribuyente con ese registro pueda liberar su vehículo y por lo tanto lo perderían y se van a hacer acreedores a sanciones”.

En la exposición de motivos del dictamen aprobado, se especifica que el censo, “representa… únicamente una medida de identificación vehicular para el estado de Baja California, para lo cual es importante resaltar que el documento que expida y otorgue ese instituto no representaría un instrumento oficial con el que se acredite la legal estancia de la unidad vehicular de procedencia extranjera en el estado, tal como lo refiere el propio artículo 146 de la Ley Aduanera en el que señala que los documentos para tal fin son: a) pedimento, b) nota de venta expedida por la autoridad fiscal federal y c) comprobante fiscal digital”.

Al respecto Solís Farías refiere que en términos de garantía no tiene una funcionalidad para los ciudadanos. “Sería casi como si dieran el engomado los de Anapromex, nada más que te lo da el gobierno”.

Adolfo Solís Farías, doctor en derecho fiscal | Archivo

Explicó que como un tema social de identificación la propuesta es buena, pero en términos de garantía jurídica no le va a servir a la población de nada. La Ley entraría en vigor 120 días después de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

Se cobrarán mil pesos, anuales, por carro para otorgarles un engomado que certifique que fueron censados. De acuerdo con datos de la secretaría de hacienda del estado, hay más de 800 mil autos chocolate.


Según nos explica Adolfo Solís, todo lo relativo a la entrada y salida de mercancías, la imposición de gravámenes de cualquier tipo de bien que se importe o exporte, mercancía o vehículo que pase de tránsito por el territorio nacional, es facultad privativa de la Federación.

El artículo 131 de la Constitución Federal establece que es la propia federación la que cuenta con esa competencia, por tanto el Estado está invadiendo un espectro competencial

Insistió en que el estado de Baja California no puede regular ni establecer ningún tipo de permiso, autorizaciones o licencias y aunque se realice el censo, eso no implica que estén regulares en el país.

Me preocupa que se dé una expectativa a la población, que no le va a servir de nada

Detalló que el artículo 146 de la Ley Aduanera dice que la legal estancia y tenencia de las mercancías se debe acreditar en todo tiempo con la documentación en la aduana correspondiente.

Foto: José Luis Camarillo | El Sol de Tijuana

“El 150 de la ley aduanera establece el procedimiento para levantar un precio un procedimiento cuenta administrativo en materia aduanera y el 151 te da las infracciones. Finalmente el 176 y el 178 te dicen cuál es la sanción por la tenencia de un vehículo de procedencia extranjera.

El experto explica que la consecuencia de todos estos artículos es en primer lugar la pérdida del vehículo, el embargo del mismo y agrega que ni pagando toda la multa que determine la autoridad se va a recuperar, porque la Ley Aduanera establece en el artículo 183 A, “que esa mercancía pasa a ser propiedad del fisco federal, por lo tanto pierdes la mercancía; la segunda situación es que imponen multas y sanciones casi 1.3 veces más sobre el costo del vehículo, esto no es exacto pero en mi experiencia es más o menos eso”.

Un posible escenario es que muchos usuarios, si cayeran en un filtro del SAT, digan “bueno pues quédense con el vehículo y ya no pago nada, sin embargo como ya tiene la multa y es cobrable, el fisco puede ir a embargar en tu domicilio tus bienes u otros carros y propiedades, porque tienes una multa. Una cosa es el embargo del vehículo, y otra es el embargo por la multa”.

Finalmente apuntó que quienes ingresen a ese padrón, se enfrentarían a otro asunto.

“Si la Federación, de acuerdo al convenio de colaboración administrativa, pide la información de todas las personas que tengan esos vehículos (censados) como van tener tu dirección y nombre, puede mandar un procedimiento a todos, es una bomba de tiempo para el ciudadano”, advirtió.

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