/ miércoles 11 de mayo de 2022

Corte declara inconstitucional penalizar posesión de más de 5 gramos de marihuana

Con tres votos las y los ministros de la Primera Sala se pronunciaron por la invalidez de una porción del artículo 478 de la Ley General de Salud, que permitía la posesión del gramaje indicado

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró como inconstitucional penalizar el delito de posesión simple de la mariguana, que se refiere a la posesión de más de cinco gramos de cannabis que la gente puede tener para consumo personal.

Con tres votos las y los ministros de la Primera Sala se pronunciaron por la invalidez de una porción del artículo 478 de la Ley General de Salud, que permitía la posesión del gramaje indicado.

Te puede interesar: El año que México despenalizó todas las drogas: la era de la toxicomanía

El delito por posesión simple hasta hoy establece que se aplicará una pena de diez meses a tres años de prisión y hasta ochenta días de multa al que posea alguno de los narcóticos comprendidos en la legislación; delito previsto a la par del de posesión con intención de venta, comercialización o suministro.

Esta situación se empeora debido a que la ruta prevista en el ordenamiento jurídico, que toma como referencia cantidades supremamente bajas de portación de drogas, daba competencia a los policías y autoridades de detener personas que poseen sustancias psicoactivas y ponerlas a disposición del Ministerio Público (MP) aun y cuando se declare el “no ejercicio de la acción penal” por considerarse que la sustancia es para uso personal.

Ahora, con la decisión de la Primera Sala, se establece que solo podrán penalizarse los casos donde se acredite que no es para consumo personal.

Anteriormente esta porción, ahora declarada como violatoria de la Constitución, indicaba que “el Ministerio Público no ejercerá acción penal por el delito previsto en el artículo anterior, en contra de quién sea farmacodependiente o consumidor y posea alguno de los narcóticos señalados en la tabla, en igual o inferior cantidad a la prevista en la misma”.

Fueron los ministros Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Margarita Ríos Farjat y Juan Luis González Alcántara, autor del proyecto, quienes determinaron que fiscales y jueces son quienes deberán aclarar si la droga es para consumo personal, sin importar la cantidad.

Te puede interesar: Cannabis dietético: la sustancia de la marihuana que podría ayudar a bajar de peso

Si bien este criterio no es obligatorio puede formar parte de futuros amparos que sean promovidos ante jueces federales o de procesos penales en curso.



TE RECOMENDAMOS EL PODCAST ⬇️

Disponible en: Acast, Spotify, Apple Podcasts, Google Podcasts, Deezer y Amazon Music

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró como inconstitucional penalizar el delito de posesión simple de la mariguana, que se refiere a la posesión de más de cinco gramos de cannabis que la gente puede tener para consumo personal.

Con tres votos las y los ministros de la Primera Sala se pronunciaron por la invalidez de una porción del artículo 478 de la Ley General de Salud, que permitía la posesión del gramaje indicado.

Te puede interesar: El año que México despenalizó todas las drogas: la era de la toxicomanía

El delito por posesión simple hasta hoy establece que se aplicará una pena de diez meses a tres años de prisión y hasta ochenta días de multa al que posea alguno de los narcóticos comprendidos en la legislación; delito previsto a la par del de posesión con intención de venta, comercialización o suministro.

Esta situación se empeora debido a que la ruta prevista en el ordenamiento jurídico, que toma como referencia cantidades supremamente bajas de portación de drogas, daba competencia a los policías y autoridades de detener personas que poseen sustancias psicoactivas y ponerlas a disposición del Ministerio Público (MP) aun y cuando se declare el “no ejercicio de la acción penal” por considerarse que la sustancia es para uso personal.

Ahora, con la decisión de la Primera Sala, se establece que solo podrán penalizarse los casos donde se acredite que no es para consumo personal.

Anteriormente esta porción, ahora declarada como violatoria de la Constitución, indicaba que “el Ministerio Público no ejercerá acción penal por el delito previsto en el artículo anterior, en contra de quién sea farmacodependiente o consumidor y posea alguno de los narcóticos señalados en la tabla, en igual o inferior cantidad a la prevista en la misma”.

Fueron los ministros Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Margarita Ríos Farjat y Juan Luis González Alcántara, autor del proyecto, quienes determinaron que fiscales y jueces son quienes deberán aclarar si la droga es para consumo personal, sin importar la cantidad.

Te puede interesar: Cannabis dietético: la sustancia de la marihuana que podría ayudar a bajar de peso

Si bien este criterio no es obligatorio puede formar parte de futuros amparos que sean promovidos ante jueces federales o de procesos penales en curso.



TE RECOMENDAMOS EL PODCAST ⬇️

Disponible en: Acast, Spotify, Apple Podcasts, Google Podcasts, Deezer y Amazon Music

Local

Más de 700 votarán desde las prisiones de BC en la elección presidencial

La votación de las PPL no sentenciadas se llevará a cabo del 6 al 20 de mayo, informó L. Díaz de León.

Local

Cierre de playas por contaminación requiere un protocolo para evitar ingresos

Los letreros colocados por el municipio para notificar a la población no son una medida suficiente: Ayala.

Local

Vecinos de Playas de Tijuana insisten en petición para moratoria de construcción de edificios verticales

Continúa sin avanzar en Sindicatura y con Cabildo, a más de tres años de que iniciaron con este proceso.

Local

Autorizan prueba de ADN al cuerpo de Guillermo Sánchez Parra

La presidenta del colectivo comentó que tras la falta de pruebas fotográficas, carpeta de investigación y la entrega del cuerpo de la víctima, familiares exigieron una muestra de ADN.

Local

Autoridades deben invertir en programas de atención a las adicciones 

De qué sirve que digan que estamos en alerta por la posible utilización de xilacina vinculada al fentanilo, si no están anunciando inversiones importantes: Víctor Clark.

Local

Tijuanenses demandan solucionar problemas de tráfico e inseguridad: Ruiz McFarland

Este jueves Ruiz McFarland realizó un recorrido por el mercado Hidalgo para saludar a los comerciantes y escuchar sus peticiones.