/ miércoles 13 de mayo de 2020

TEPJF aprueba en Coahuila uso de tecnologías durante contingencia

Por unanimidad, el Tribunal confirmó el uso de tecnologías para posibles impugnaciones

Por unanimidad, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el uso de tecnologías para posibles impugnaciones, durante la emergencia sanitaria por el Covid-19 al Tribunal local de Coahuila.

Lo anterior, luego de que el Partido de la Revolución Coahuilense presentara una demanda de juicio electoral para controvertir el acuerdo al considerar que se vulnera el principio de legalidad. Además, argumentó que el órgano local carece de facultades para implementar el uso de tecnologías, y señaló que las notificaciones por correo electrónico no generan certeza.

En sesión pública, la Sala Superior determinó que el Tribunal local sí tiene atribuciones para emitir acuerdos generales para tener un buen funcionamiento conforme a lo previsto en la ley electoral local, garantizando el derecho de acceso a la justicia y a la salud.

El TEPJF consideró que la modificación temporal motivada por la pandemia del virus Covid-19, es acorde con la finalidad de impartición de justicia, toda vez que los órganos jurisdiccionales tienen el deber de adoptar medidas preventivas en los centros de trabajo y proteger al público en general.

Las y los magistrados del TEPJF consideraron este juicio de urgente resolución conforme a lo dispuesto en los Acuerdos Generales 2/2020 y 4/2020 de esta Sala Superior, para evitar un daño irreparable en la salud de las personas en Coahuila.


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Por unanimidad, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el uso de tecnologías para posibles impugnaciones, durante la emergencia sanitaria por el Covid-19 al Tribunal local de Coahuila.

Lo anterior, luego de que el Partido de la Revolución Coahuilense presentara una demanda de juicio electoral para controvertir el acuerdo al considerar que se vulnera el principio de legalidad. Además, argumentó que el órgano local carece de facultades para implementar el uso de tecnologías, y señaló que las notificaciones por correo electrónico no generan certeza.

En sesión pública, la Sala Superior determinó que el Tribunal local sí tiene atribuciones para emitir acuerdos generales para tener un buen funcionamiento conforme a lo previsto en la ley electoral local, garantizando el derecho de acceso a la justicia y a la salud.

El TEPJF consideró que la modificación temporal motivada por la pandemia del virus Covid-19, es acorde con la finalidad de impartición de justicia, toda vez que los órganos jurisdiccionales tienen el deber de adoptar medidas preventivas en los centros de trabajo y proteger al público en general.

Las y los magistrados del TEPJF consideraron este juicio de urgente resolución conforme a lo dispuesto en los Acuerdos Generales 2/2020 y 4/2020 de esta Sala Superior, para evitar un daño irreparable en la salud de las personas en Coahuila.


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