/ martes 22 de mayo de 2018

Por vencer, el plazo para pagar utilidades

El próximo 30 de mayo

Juan Miguel Hernández

Tijuana.- Este próximo 30 de mayo vence el plazo para que las empresas hagan el reparto de utilidades a sus empleados.

De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, el reparto de utilidades es un derecho constitucional que tienen los trabajadores para recibir una parte de las ganancias que obtiene una empresa o patrón por la actividad productiva que ofrece en el mercado.

Según la Comisión Nacional para la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas, a los empleados les corresponde 10% de las utilidades generadas por la organización.

La utilidad repartible se dividirá en dos partes iguales. La primera se repartirá por igual entre todos los trabajadores tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año independientemente del monto en los salarios.

Cabe aclarar que para el reparto de utilidades solo se contempla el sueldo por cuota diaria, excluyendo otros ingresos, como bonos, gratificaciones o primas. Asimismo, esta prestación es aplicable para los trabajadores que hayan laborado por lo menos 60 días en empresas cuyas utilidades netas fuera de 300 mil pesos o más.

Juan Miguel Hernández

Tijuana.- Este próximo 30 de mayo vence el plazo para que las empresas hagan el reparto de utilidades a sus empleados.

De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, el reparto de utilidades es un derecho constitucional que tienen los trabajadores para recibir una parte de las ganancias que obtiene una empresa o patrón por la actividad productiva que ofrece en el mercado.

Según la Comisión Nacional para la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas, a los empleados les corresponde 10% de las utilidades generadas por la organización.

La utilidad repartible se dividirá en dos partes iguales. La primera se repartirá por igual entre todos los trabajadores tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año independientemente del monto en los salarios.

Cabe aclarar que para el reparto de utilidades solo se contempla el sueldo por cuota diaria, excluyendo otros ingresos, como bonos, gratificaciones o primas. Asimismo, esta prestación es aplicable para los trabajadores que hayan laborado por lo menos 60 días en empresas cuyas utilidades netas fuera de 300 mil pesos o más.

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