/ viernes 4 de febrero de 2022

Recomienda la Asociación de Agentes Aduanales Tijuana-Tecate no caer en manos de “coyotes” que solo encarecen los trámites

Adolfo Ayala Bejarano, informa que el trámite debe hacerse directamente en una agencia aduanal autorizada

Tijuana.- A través de un comunicado la Asociación de Agentes Aduanales Tijuana-Tecate, dio a conocer los pormenores sobre los requisitos necesarios para regularizar un vehículo de procedencia extranjera, gracias al Decreto Presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación DOF el pasado 19 de enero del 2022.

En el documento el presidente de la asociación de aduaneros, Adolfo Ayala Bejarano, informa que el trámite debe hacerse directamente en una agencia aduanal autorizada.

Ayala Bejarano pidió a la ciudadanía interesada en la regularización de un vehículo hacer caso a las recomendaciones y no dejarse sorprender por intermediarios que solo hacen más lentos los procesos.

"No te dejes sorprender por intermediarios o “coyotes” que solo encarecen el trámite y ponen en riesgo tu seguridad y tu patrimonio", alertó.

El trámite solo lo puede realizar el dueño del vehículo (persona física), mayor de edad y residente de los estados que autoriza el decreto. Además es necesario presentar el título del vehículo, presentar original y copia de su INE o pasaporte y presentar un comprobante de domicilio no mayor a 3 meses.

El monto a pagar en el pedimento es de $2,778.00 (aprovechamiento más validación con IVA).

Agentes aduanales autorizados. Cortesía: Asociación de Agentes Aduanales Tijuana-Tecate

Recordó que solo podrán regularizarse los vehículos que cumplan con las siguientes características:

Vehículos usados cuyo Número de Identificación Vehicular corresponda al de fabricación o ensamble del vehículo en México, Estados Unidos de América o Canadá. Número del 1 al 5.

El propietario debe ser residente de uno de los Estados incluidos en el decreto como Baja California, Chihuahua, Coahuila de Zaragoza, Nuevo León, Sonora y Tamaulipas, así como de Baja California Sur, Durango, Michoacán de Ocampo y Nayarit.

El año-modelo del vehículo debe ser de cinco o más años anteriores a aquél en el que se realice la importación definitiva, es decir 2017 y anteriores.

El propietario deberá presentar una manifestación bajo protesta de decir verdad de que el vehículo no se encuentra en los supuestos previstos en el artículo 5 del Decreto.

Para el trámite se requiere presentar físicamente el vehículo ante la autoridad aduanera.

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No es posible regularizar vehículos deportivos, de lujo o blindados. Anexo II del Decreto por el que se Fomenta la Regularización de Vehículos Usados de Procedencia Extranjera publicado en el DOF.

Previo a regularizar el vehículo se requiere consultar su historial en el país de origen y certificar las emisiones contaminantes en entidades autorizadas. El Agente Aduanal te asesorará sobre esto.

Tijuana.- A través de un comunicado la Asociación de Agentes Aduanales Tijuana-Tecate, dio a conocer los pormenores sobre los requisitos necesarios para regularizar un vehículo de procedencia extranjera, gracias al Decreto Presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación DOF el pasado 19 de enero del 2022.

En el documento el presidente de la asociación de aduaneros, Adolfo Ayala Bejarano, informa que el trámite debe hacerse directamente en una agencia aduanal autorizada.

Ayala Bejarano pidió a la ciudadanía interesada en la regularización de un vehículo hacer caso a las recomendaciones y no dejarse sorprender por intermediarios que solo hacen más lentos los procesos.

"No te dejes sorprender por intermediarios o “coyotes” que solo encarecen el trámite y ponen en riesgo tu seguridad y tu patrimonio", alertó.

El trámite solo lo puede realizar el dueño del vehículo (persona física), mayor de edad y residente de los estados que autoriza el decreto. Además es necesario presentar el título del vehículo, presentar original y copia de su INE o pasaporte y presentar un comprobante de domicilio no mayor a 3 meses.

El monto a pagar en el pedimento es de $2,778.00 (aprovechamiento más validación con IVA).

Agentes aduanales autorizados. Cortesía: Asociación de Agentes Aduanales Tijuana-Tecate

Recordó que solo podrán regularizarse los vehículos que cumplan con las siguientes características:

Vehículos usados cuyo Número de Identificación Vehicular corresponda al de fabricación o ensamble del vehículo en México, Estados Unidos de América o Canadá. Número del 1 al 5.

El propietario debe ser residente de uno de los Estados incluidos en el decreto como Baja California, Chihuahua, Coahuila de Zaragoza, Nuevo León, Sonora y Tamaulipas, así como de Baja California Sur, Durango, Michoacán de Ocampo y Nayarit.

El año-modelo del vehículo debe ser de cinco o más años anteriores a aquél en el que se realice la importación definitiva, es decir 2017 y anteriores.

El propietario deberá presentar una manifestación bajo protesta de decir verdad de que el vehículo no se encuentra en los supuestos previstos en el artículo 5 del Decreto.

Para el trámite se requiere presentar físicamente el vehículo ante la autoridad aduanera.

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No es posible regularizar vehículos deportivos, de lujo o blindados. Anexo II del Decreto por el que se Fomenta la Regularización de Vehículos Usados de Procedencia Extranjera publicado en el DOF.

Previo a regularizar el vehículo se requiere consultar su historial en el país de origen y certificar las emisiones contaminantes en entidades autorizadas. El Agente Aduanal te asesorará sobre esto.

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