/ miércoles 13 de enero de 2021

Reglamento para uso de cannabis medicinal

En otros países que han caminado hacía la despenalización y uso médico del cannabis medicinal, se permitió desde un inicio que la ciudadanía tenga sus propias plantas para fines médicos

Tijuana.- En la publicación de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario para la Producción, Investigación y Uso Medicinal de la Cannabis y sus Derivados Farmacológicos, hay pocos avances para los pacientes que utilizan cannabis medicinal.

Lo anterior es una realidad para Emmanuel Farias Camarero, abogado y representante legal de la Fundación Loto Rojo, organización que atiende a personas que han encontrado en la marihuana medicinal una respuesta a sus padecimientos y enfermedades.

“Prácticamente ignora por completo y no contempla el auto cultivo de uso de cannabis con fines médicos, esto quiere decir que ignora la basta cantidad de madres y de padres que hoy en día cultivan cannabis en México para elaborar sus propios preparados medicinal de manera artesanal o casera para aliviar los padecimientos de niños o niñas que padecen alguna enfermedad como la epilepsia que es el caso más recurrente”, refirió.

En otros países que han caminado hacía la despenalización y uso médico del cannabis medicinal, tal como Argentina o Colombia, se permitió desde un inicio que la ciudadanía tenga sus propias plantas para fines médicos, un hecho que en México no podrá ser posible, de acuerdo al litigante.

Por otro lado, Farias Camarero también habló de que las empresas más pequeñas que deseen participar en el mercado de la marihuana medicinal tendrán dificultades para hacerlo, dejando el campo para las grandes industrias.

Sobre los aciertos de la nueva Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario para la Producción, Investigación y Uso Medicinal de la Cannabis y sus Derivados Farmacológicos, añadió:

“Se establece con claridad cuáles son los fines que regula esta cuerpo normativo y en específico vamos a tener por un lado la investigación previa autorización del protocolo por parte de la Cofepris (Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios)”.

“También regula lo que es la producción, esto contempla la siembra de marihuana con fines de investigación y fabricación de medicamentos; el reglamento habla de que tiene que llevarse a cabo en un sitio confinado y permitido”, afirmó.

Tijuana.- En la publicación de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario para la Producción, Investigación y Uso Medicinal de la Cannabis y sus Derivados Farmacológicos, hay pocos avances para los pacientes que utilizan cannabis medicinal.

Lo anterior es una realidad para Emmanuel Farias Camarero, abogado y representante legal de la Fundación Loto Rojo, organización que atiende a personas que han encontrado en la marihuana medicinal una respuesta a sus padecimientos y enfermedades.

“Prácticamente ignora por completo y no contempla el auto cultivo de uso de cannabis con fines médicos, esto quiere decir que ignora la basta cantidad de madres y de padres que hoy en día cultivan cannabis en México para elaborar sus propios preparados medicinal de manera artesanal o casera para aliviar los padecimientos de niños o niñas que padecen alguna enfermedad como la epilepsia que es el caso más recurrente”, refirió.

En otros países que han caminado hacía la despenalización y uso médico del cannabis medicinal, tal como Argentina o Colombia, se permitió desde un inicio que la ciudadanía tenga sus propias plantas para fines médicos, un hecho que en México no podrá ser posible, de acuerdo al litigante.

Por otro lado, Farias Camarero también habló de que las empresas más pequeñas que deseen participar en el mercado de la marihuana medicinal tendrán dificultades para hacerlo, dejando el campo para las grandes industrias.

Sobre los aciertos de la nueva Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario para la Producción, Investigación y Uso Medicinal de la Cannabis y sus Derivados Farmacológicos, añadió:

“Se establece con claridad cuáles son los fines que regula esta cuerpo normativo y en específico vamos a tener por un lado la investigación previa autorización del protocolo por parte de la Cofepris (Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios)”.

“También regula lo que es la producción, esto contempla la siembra de marihuana con fines de investigación y fabricación de medicamentos; el reglamento habla de que tiene que llevarse a cabo en un sitio confinado y permitido”, afirmó.

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