/ sábado 4 de noviembre de 2023

Aceptar subregistro de salario en IMSS perjudica la pensión

Si un trabajador descubre que fue dado de alta con un salario inferior puede interponer una queja

Tijuana.- Después de trabajar por más de 25 años en el sector formal, Manuel Loza se disponía a pensionarse al cumplir con las semanas de cotización necesarias.

Pero al acudir al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), notó que había una gran disparidad entre el salario que ganaba y el que la empresa distribuidora de papel donde laboró los últimos 10 años reportó ante la institución.

“El mismo empleado del Seguro Social me dijo: Usted tiene el récord de semanas cotizadas pero su cotización es del mínimo, usted va a recibir como pensión, lo más bajo”, expresó.

Durante su último empleo, reconoce que aceptó recibir parte de su sueldo en efectivo, mediante cheque o recientemente a través de transferencia bancaria, pero nunca imaginó que este acuerdo con su empleador fuera a ser tan perjudicial al momento de pensionarse.

“Mi cotización iba a ser paupérrima. Me recomendaron que debiese de tomar bajo la ley 73 la Modalidad 40 para que mi pensión subiera y eso tuve que hacer”, comentó.

Aunque la representación de Baja California del IMSS no ofrece datos precisos que reflejen el universo de empresas sancionadas o detectadas incurriendo en el subregistro de cuotas obrero-patronales, sí le sugiere a los trabajadores estar alerta ante las afectaciones futuras en temas como riesgos laborales, ahorro para el retiro o incluso en el trámite de un crédito Infonavit.

Si se registró al IMSS a partir del 1 de julio de 1997, su régimen será la Ley 97. Foto: José Luis Camarillo | El Sol de Tijuana

REVISAN A PATRONES

En Baja California hay 45 mil 300 patrones que tienen afiliados a un millón 85 mil empleados, según estadísticas que compartió el jefe de Afiliación y Cobranza en la Representación Baja California del IMSS, Luis Gerardo Lerma Salcido.

Precisó que a nivel delegacional el Seguro Social ha realizado en lo que va del año 20 mil auditorías y revisiones, no obstante, no contaba con datos exactos para conocer la dimensión del subregistro en el pago de cuotas obrero-patronales.

Aún así, el funcionario federal expuso que en las revisiones a las empresas investigan el incorrecto registro de salario, trabajadores que no están dados de alta ante el IMSS, o en su caso, que están registrados pero la empresa no cumple con el pago de cuotas.

Cuestionado sobre información más exacta sobre aquellos empleados que se regularizaron luego de hallar omisiones en su registro ante el IMSS, compartió que del 2022 y 2023, son 22 mil trabajadores regularizados a través de los departamentos de auditoría a patrones.

Aclaró que el IMSS no puede actuar sin ningún mandamiento legítimo, por lo que solo en caso de que se consigne alguna mala práctica, entre las que está el subregistro de cuotas obreras-patronales, es que realizan las auditorías.

Entre las sanciones a las empresas por estas faltas indicó que es el 40% sobre la omisión total que determine el IMSS.

Por ejemplo, en el supuesto de una empresa con una omisión que ascienda a 100 mil pesos, la sanción será del 40% de ese monto más una fórmula que entre otras cosas incluye recargos, actualizaciones y multas.

En caso de que un trabajador descubra que su empresa ha reportado un salario inferior al IMSS durante meses o años, dijo que puede interponer una queja a través de distintas vías.

Una de ellas es acudir a la subdelegación del IMSS donde tendrá que llevar identificación, comprobantes de pago, de transferencias que le podrían ayudar a regularizar su situación y con ello obtener la cotización real que no reportó la empresa durante esas semanas.

Como medida de prevención, para evitar afectaciones en su aportación para el retiro, riesgos de trabajo o detectar que no está dado de alta, sugirió descargar la aplicación de IMSS Digital o ingresar al sitio web de la institución para verificar el salario bajo el que lo tiene registrado su empleador.

La MAQUILADORA NO INCURRE EN ESTA PRÁCTICA: ARHITAC

La Asociación de Recursos Humanos de la Industria en Tijuana (Arhitac), que agrupa a 300 empresas de la industria manufacturera y de exportación de esta frontera, descartó que sus asociados incurran en malas prácticas en sus reportes sobre la seguridad social de los trabajadores ante el IMSS

Esto según el dirigente de esa organización, Víctor Nolasco Torres, quien puntualizó que además de las revisiones que hace la Secretaría del Trabajo y la fiscalización que realiza el Seguro Social, las empresas cuentan con despachos especializados que verifican el cumplimiento de sus obligaciones.

Foto: José Luis Camarillo | El Sol de Tijuana

Remarcó que las auditorías son frecuentes y no hay indicios de que el subregistro de salario sea una práctica común en las maquiladoras, aunque admitió que el gasto en seguridad social representa un fuerte desembolso para las empresas, ya que algunas pagan cuotas más elevadas por la prima de riesgo que deben cubrir al IMSS.

“Es algo que el trabajador no debe permitir, si el trabajador acuerda con el patrón, desde ahí está afectándose porque no es una práctica correcta, es algo que está fuera de ética. No es solo pagar menos impuestos, también se le afecta al trabajador en un crédito hipotecario, en su Afore”, subrayó.

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MEDIDAS DEL IMSS A NIVEL NACIONAL

El IMSS publicó el pasado 7 de julio de 2023 en el Diario Oficial de la Federación, el criterio número 02/2023/NV/SBC-LSS-27-IV del Consejo Técnico, orientado a evitar estas prácticas indebidas en materia de seguridad social.

En específico porque el Instituto detectó que empresas ofrecían esquemas de evasión de contribuciones mediante la entrega de bonos de productividad que no son integrados al salario base de cotización y con ello reducían el salario reportado ante el instituto.

El Sol de Tijuana solicitó desde el jueves 26 de octubre una entrevista y datos oficiales a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social de Baja California para conocer a detalle el número de inspecciones y atención de quejas relacionadas con el subregistro de salarios ante el IMSS, pero no hubo información.

Foto: José Luis Camarillo | El Sol de Tijuana

¿CÓMO DEBE TRAMITAR UN TRABAJADOR SU PENSIÓN?

Por la ley del 73 de la pensión IMSS, un trabajador requiere al menos 500 semanas trabajadas para gozar de ese derecho, recordó Oziel Caín Sánchez Cota, titular del Departamento de Supervisión de Prestaciones Económicas en la delegación estatal del IMSS.

La principal recomendación para las personas de más de 60 años de edad que cumplen con las semanas de cotización, es revisar a detalle los requisitos con el fin de que estén homologados el CURP, RFC, nombres de los padres y que no existan diferencias en los apellidos registrados en los documentos personales.

Los documentos que deberá presentar el asegurado será identificación oficial vigente, documento expedido por el banco con clave interbancaria y copia certificada del acta de nacimiento.

Sánchez Cota aseguró que, si el interesado cumple con esto, la revisión de los requisitos dura aproximadamente 12 días y el primer pago lo recibiría de acuerdo con corte de la nómina, tomando un mes y medio adicional.

Aclaró que, si el asegurado se dio de alta en el IMSS antes del 1 de julio de 1997, el régimen que le corresponde es Ley 73; y si se registró a partir del 1 de julio de 1997, su régimen será la Ley 97 y su pensión dependerá del ahorro en su Afore.

Las personas pueden consultar a qué régimen pertenece a través del estado de cuenta de su Afore, o bien obtener una constancia de vigencia de derechos para saber la fecha exacta del registro en el IMSS.

Con la Ley del 73 se requieren mínimo 500 semanas para pensionarse. Foto: José Luis Camarillo | El Sol de Tijuana

¿QUÉ ALTERNATIVA LEGAL TIENEN LOS TRABAJADORES AFECTADOS?

Si un trabajador decide emprender algún tipo de procedimiento en contra del empleador que reportó un menor salario ante el IMSS, la mejor vía es precisamente ante el instituto, según explicó la presidenta de la Barra de Abogadas Laboralistas de Baja California "8 de marzo", Perla Nevárez.

Dijo que tras acudir a las oficinas del Seguro Social, la institución tendrá que hacer la inspección correspondiente en el centro de trabajo, para comprobar la denuncia del empleado.

“Implica el riesgo que podría ser despedido, pero si no se hace ese tipo de solicitudes ante el instituto, los patrones lo van a seguir evadiendo en medida de lo posible”, agregó.

Reconoció que se exponen a un despido injustificado, por lo que algunos trabajadores optan por irse a laborar por cuenta propia, aunque sea en la informalidad, al detectar este tipo de malas prácticas.

“Es un derecho de los trabajadores estar registrados en el instituto con el salario que perciben, para que tengan derecho a una vivienda digna, en caso de incapacidad, se le pague con el salario que realmente percibe, en caso de algún tipo de pensión sea una prestación digna”, concluyó.

Tijuana.- Después de trabajar por más de 25 años en el sector formal, Manuel Loza se disponía a pensionarse al cumplir con las semanas de cotización necesarias.

Pero al acudir al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), notó que había una gran disparidad entre el salario que ganaba y el que la empresa distribuidora de papel donde laboró los últimos 10 años reportó ante la institución.

“El mismo empleado del Seguro Social me dijo: Usted tiene el récord de semanas cotizadas pero su cotización es del mínimo, usted va a recibir como pensión, lo más bajo”, expresó.

Durante su último empleo, reconoce que aceptó recibir parte de su sueldo en efectivo, mediante cheque o recientemente a través de transferencia bancaria, pero nunca imaginó que este acuerdo con su empleador fuera a ser tan perjudicial al momento de pensionarse.

“Mi cotización iba a ser paupérrima. Me recomendaron que debiese de tomar bajo la ley 73 la Modalidad 40 para que mi pensión subiera y eso tuve que hacer”, comentó.

Aunque la representación de Baja California del IMSS no ofrece datos precisos que reflejen el universo de empresas sancionadas o detectadas incurriendo en el subregistro de cuotas obrero-patronales, sí le sugiere a los trabajadores estar alerta ante las afectaciones futuras en temas como riesgos laborales, ahorro para el retiro o incluso en el trámite de un crédito Infonavit.

Si se registró al IMSS a partir del 1 de julio de 1997, su régimen será la Ley 97. Foto: José Luis Camarillo | El Sol de Tijuana

REVISAN A PATRONES

En Baja California hay 45 mil 300 patrones que tienen afiliados a un millón 85 mil empleados, según estadísticas que compartió el jefe de Afiliación y Cobranza en la Representación Baja California del IMSS, Luis Gerardo Lerma Salcido.

Precisó que a nivel delegacional el Seguro Social ha realizado en lo que va del año 20 mil auditorías y revisiones, no obstante, no contaba con datos exactos para conocer la dimensión del subregistro en el pago de cuotas obrero-patronales.

Aún así, el funcionario federal expuso que en las revisiones a las empresas investigan el incorrecto registro de salario, trabajadores que no están dados de alta ante el IMSS, o en su caso, que están registrados pero la empresa no cumple con el pago de cuotas.

Cuestionado sobre información más exacta sobre aquellos empleados que se regularizaron luego de hallar omisiones en su registro ante el IMSS, compartió que del 2022 y 2023, son 22 mil trabajadores regularizados a través de los departamentos de auditoría a patrones.

Aclaró que el IMSS no puede actuar sin ningún mandamiento legítimo, por lo que solo en caso de que se consigne alguna mala práctica, entre las que está el subregistro de cuotas obreras-patronales, es que realizan las auditorías.

Entre las sanciones a las empresas por estas faltas indicó que es el 40% sobre la omisión total que determine el IMSS.

Por ejemplo, en el supuesto de una empresa con una omisión que ascienda a 100 mil pesos, la sanción será del 40% de ese monto más una fórmula que entre otras cosas incluye recargos, actualizaciones y multas.

En caso de que un trabajador descubra que su empresa ha reportado un salario inferior al IMSS durante meses o años, dijo que puede interponer una queja a través de distintas vías.

Una de ellas es acudir a la subdelegación del IMSS donde tendrá que llevar identificación, comprobantes de pago, de transferencias que le podrían ayudar a regularizar su situación y con ello obtener la cotización real que no reportó la empresa durante esas semanas.

Como medida de prevención, para evitar afectaciones en su aportación para el retiro, riesgos de trabajo o detectar que no está dado de alta, sugirió descargar la aplicación de IMSS Digital o ingresar al sitio web de la institución para verificar el salario bajo el que lo tiene registrado su empleador.

La MAQUILADORA NO INCURRE EN ESTA PRÁCTICA: ARHITAC

La Asociación de Recursos Humanos de la Industria en Tijuana (Arhitac), que agrupa a 300 empresas de la industria manufacturera y de exportación de esta frontera, descartó que sus asociados incurran en malas prácticas en sus reportes sobre la seguridad social de los trabajadores ante el IMSS

Esto según el dirigente de esa organización, Víctor Nolasco Torres, quien puntualizó que además de las revisiones que hace la Secretaría del Trabajo y la fiscalización que realiza el Seguro Social, las empresas cuentan con despachos especializados que verifican el cumplimiento de sus obligaciones.

Foto: José Luis Camarillo | El Sol de Tijuana

Remarcó que las auditorías son frecuentes y no hay indicios de que el subregistro de salario sea una práctica común en las maquiladoras, aunque admitió que el gasto en seguridad social representa un fuerte desembolso para las empresas, ya que algunas pagan cuotas más elevadas por la prima de riesgo que deben cubrir al IMSS.

“Es algo que el trabajador no debe permitir, si el trabajador acuerda con el patrón, desde ahí está afectándose porque no es una práctica correcta, es algo que está fuera de ética. No es solo pagar menos impuestos, también se le afecta al trabajador en un crédito hipotecario, en su Afore”, subrayó.

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MEDIDAS DEL IMSS A NIVEL NACIONAL

El IMSS publicó el pasado 7 de julio de 2023 en el Diario Oficial de la Federación, el criterio número 02/2023/NV/SBC-LSS-27-IV del Consejo Técnico, orientado a evitar estas prácticas indebidas en materia de seguridad social.

En específico porque el Instituto detectó que empresas ofrecían esquemas de evasión de contribuciones mediante la entrega de bonos de productividad que no son integrados al salario base de cotización y con ello reducían el salario reportado ante el instituto.

El Sol de Tijuana solicitó desde el jueves 26 de octubre una entrevista y datos oficiales a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social de Baja California para conocer a detalle el número de inspecciones y atención de quejas relacionadas con el subregistro de salarios ante el IMSS, pero no hubo información.

Foto: José Luis Camarillo | El Sol de Tijuana

¿CÓMO DEBE TRAMITAR UN TRABAJADOR SU PENSIÓN?

Por la ley del 73 de la pensión IMSS, un trabajador requiere al menos 500 semanas trabajadas para gozar de ese derecho, recordó Oziel Caín Sánchez Cota, titular del Departamento de Supervisión de Prestaciones Económicas en la delegación estatal del IMSS.

La principal recomendación para las personas de más de 60 años de edad que cumplen con las semanas de cotización, es revisar a detalle los requisitos con el fin de que estén homologados el CURP, RFC, nombres de los padres y que no existan diferencias en los apellidos registrados en los documentos personales.

Los documentos que deberá presentar el asegurado será identificación oficial vigente, documento expedido por el banco con clave interbancaria y copia certificada del acta de nacimiento.

Sánchez Cota aseguró que, si el interesado cumple con esto, la revisión de los requisitos dura aproximadamente 12 días y el primer pago lo recibiría de acuerdo con corte de la nómina, tomando un mes y medio adicional.

Aclaró que, si el asegurado se dio de alta en el IMSS antes del 1 de julio de 1997, el régimen que le corresponde es Ley 73; y si se registró a partir del 1 de julio de 1997, su régimen será la Ley 97 y su pensión dependerá del ahorro en su Afore.

Las personas pueden consultar a qué régimen pertenece a través del estado de cuenta de su Afore, o bien obtener una constancia de vigencia de derechos para saber la fecha exacta del registro en el IMSS.

Con la Ley del 73 se requieren mínimo 500 semanas para pensionarse. Foto: José Luis Camarillo | El Sol de Tijuana

¿QUÉ ALTERNATIVA LEGAL TIENEN LOS TRABAJADORES AFECTADOS?

Si un trabajador decide emprender algún tipo de procedimiento en contra del empleador que reportó un menor salario ante el IMSS, la mejor vía es precisamente ante el instituto, según explicó la presidenta de la Barra de Abogadas Laboralistas de Baja California "8 de marzo", Perla Nevárez.

Dijo que tras acudir a las oficinas del Seguro Social, la institución tendrá que hacer la inspección correspondiente en el centro de trabajo, para comprobar la denuncia del empleado.

“Implica el riesgo que podría ser despedido, pero si no se hace ese tipo de solicitudes ante el instituto, los patrones lo van a seguir evadiendo en medida de lo posible”, agregó.

Reconoció que se exponen a un despido injustificado, por lo que algunos trabajadores optan por irse a laborar por cuenta propia, aunque sea en la informalidad, al detectar este tipo de malas prácticas.

“Es un derecho de los trabajadores estar registrados en el instituto con el salario que perciben, para que tengan derecho a una vivienda digna, en caso de incapacidad, se le pague con el salario que realmente percibe, en caso de algún tipo de pensión sea una prestación digna”, concluyó.

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