/ domingo 27 de enero de 2019

Cualquier delito amerita prisión

No se debería dejar a los delincuentes libres hasta que se tenga la carpeta de investigación completa, señala Hans Zamorano

Uriel Saucedo

Tijuana.- Aun cuando seis delitos quedaron fuera de la reforma del artículo 19 constitucional por parte de la Cámara de Diputados, no significa que son delitos que no ameritan prisión, informó el presidente del colegio de abogados constitucionalistas, José Hans Zamorano; por ello, se debe esperar hasta la resolución final.

Los delitos por sí solos deben catalogarse como graves o con prisión oficiosa, pero lo que el Sistema Acusatorio privilegia es el principio de inocencia, el cual al llevar cerca de 10 años funcionando deberían existir las acusaciones debidamente sostenidas, por lo que no se debería dejar a los delincuentes libres hasta que se tenga la carpeta de investigación completa; sobre todo, si fue encontrado en flagrancia.

Hans Zamorano explicó que, cuando un delito tiene una pena mayor a cinco años, el presunto responsable debe ser sometido a prisión oficiosa, pero si la pena es menor, pueden comparecer ante juzgados para que se le implemente una medida cautelar diferente a la prisión oficiosa.

También, destacó que si un delito es considerado como grave, forzosamente debe tener prisión oficiosa, pero no se puede considerar un delito con esta naturaleza y permitir al responsable llevar su proceso en libertad.

El presidente del colegio de abogados consideró que tanto los feminicidios y el abuso sexual son delitos graves; es por esto que se tendrá que esperar la resolución final que se realizará en la primera semana de febrero para conocer si se incluirán los seis delitos que, en un principio, quedaron fuera de la reforma de dicho artículo.

Uriel Saucedo

Tijuana.- Aun cuando seis delitos quedaron fuera de la reforma del artículo 19 constitucional por parte de la Cámara de Diputados, no significa que son delitos que no ameritan prisión, informó el presidente del colegio de abogados constitucionalistas, José Hans Zamorano; por ello, se debe esperar hasta la resolución final.

Los delitos por sí solos deben catalogarse como graves o con prisión oficiosa, pero lo que el Sistema Acusatorio privilegia es el principio de inocencia, el cual al llevar cerca de 10 años funcionando deberían existir las acusaciones debidamente sostenidas, por lo que no se debería dejar a los delincuentes libres hasta que se tenga la carpeta de investigación completa; sobre todo, si fue encontrado en flagrancia.

Hans Zamorano explicó que, cuando un delito tiene una pena mayor a cinco años, el presunto responsable debe ser sometido a prisión oficiosa, pero si la pena es menor, pueden comparecer ante juzgados para que se le implemente una medida cautelar diferente a la prisión oficiosa.

También, destacó que si un delito es considerado como grave, forzosamente debe tener prisión oficiosa, pero no se puede considerar un delito con esta naturaleza y permitir al responsable llevar su proceso en libertad.

El presidente del colegio de abogados consideró que tanto los feminicidios y el abuso sexual son delitos graves; es por esto que se tendrá que esperar la resolución final que se realizará en la primera semana de febrero para conocer si se incluirán los seis delitos que, en un principio, quedaron fuera de la reforma de dicho artículo.

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